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Guía para grabar con dron en Galicia: permisos, localizaciones y normativa actualizada

13/01/2025

(Actualización 2025)

Nota legal: Este artículo tiene como único objetivo ofrecer una visión general y orientativa sobre algunos aspectos a tener en cuenta antes de realizar una grabación con dron en Galicia. No constituye una guía oficial ni sustituye la consulta de la normativa vigente, que puede haber sido actualizada desde la publicación de este contenido. Por ello, recomendamos realizar un curso de formación especializado y acreditado conforme a la normativa de AESA y EASA antes de operar cualquier dron.

Visualízalo 360 S.L. no imparte formación sobre drones, pero cuenta con pilotos profesionales autorizados y registrados, y realiza vuelos conforme a la legislación vigente dentro de sus producciones audiovisuales.

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Introducción

El uso de drones para filmación profesional en Galicia se ha vuelto cada vez más común, ya sea para producciones audiovisuales, turismo o proyectos institucionales. Desde 2021, España aplica la normativa europea de UAS (drones) de forma uniforme, sin distinción entre uso recreativo o profesional. Esto significa que todas las operaciones se rigen por categorías de riesgo definidas a nivel de la UE, complementadas por requisitos nacionales específicos (por ejemplo, el Real Decreto 517/2024, en vigor desde junio de 2024, que adapta la normativa europea al contexto español. En esta guía repasamos los requisitos actualizados hasta 2025 que un operador profesional debe cumplir para grabar con dron en Galicia, incluyendo permisos, obligaciones legales y consideraciones sobre localizaciones (zonas protegidas, áreas urbanas, cercanías de aeropuertos, etc.). El objetivo es ofrecer un artículo claro, riguroso y práctico para empresas o instituciones que desean operar drones de forma legal y segura en Galicia.

Categorías operacionales: abierta vs. específica

La normativa distingue tres categorías operacionales en función del riesgo que conlleva el vuelo:

En la práctica, muchas operaciones profesionales de filmación en Galicia estarán en categoría Abierta (si se cumplen sus límites estrictos) o requerirán pasar a categoría Específica con una autorización de AESA. Por ejemplo, filmar con un dron de >250 g sobre una zona poblada o próxima a personas no autorizadas no está permitido en categoría abierta, por lo que habría que plantearlo como operación específica con las debidas medidas de mitigación y permisos.

Cabe destacar que desde finales de 2025 la regulación tiende a unificar estándares en toda la UE. AESA dejará de aceptar declaraciones basadas en escenarios estándar nacionales (STS-ES) a partir del 30 de agosto de 2024, migrando hacia los escenarios estándar europeos STS-01 y STS-02. De hecho, las declaraciones bajo los antiguos escenarios nacionales caducarán el 31 de diciembre de 2025. Esto significa que los operadores profesionales deberán adaptar sus operaciones específicas a los nuevos estándares europeos, que exigen, entre otras cosas, drones con marcado de clase C5 o C6 para ciertas operaciones avanzadas. La buena noticia es que esta armonización facilitará operar en distintos países de la UE bajo reglas comunes.

Marcado de clase de drones y condiciones de vuelo

Una de las novedades clave de la normativa europea es el marcado de clase CE para drones. Cada dron nuevo debe venir identificado en una clase de C0 a C6, en función de su peso y prestaciones de seguridad (limitadores de velocidad, identificación electrónica, etc.). Esta clasificación determina qué subcategoría de la categoría abierta puede operar el dron y con qué restricciones:

¿Qué pasa con los drones antiguos sin etiqueta de clase ("legacy")? Desde el 1 de enero de 2024, los nuevos drones que se comercializan deben llevar su marcado de clase correspondiente, y terminó el periodo transitorio para usar drones legacy en ciertas subcategorías abiertas. En la práctica, un dron comprado antes de 2024 sin marcado CE puede seguir utilizándose, pero con limitaciones. Por ejemplo, un dron legacy de más de 250 g ya no puede volar en categoría A1 ni A2; solo podrá operar en A3 (lejos de personas) a menos que se obtenga una autorización en categoría específica. La única excepción notable son los micro-drones: los drones legacy de <250 g adquiridos antes de 2024 pueden seguir volando en A1 indefinidamente. En resumen, para realizar vuelos profesionales con menores restricciones (p.ej., vuelos cercanos a personas bajo A2), conviene emplear drones con marcado de clase apropiado (un dron C2 para A2, por ejemplo) o, si no existe marcado, planificar la operación dentro de un escenario específico autorizado por AESA.

También es importante recordar que nunca se debe superar los 120 metros de altura sobre el terreno en ningún vuelo (salvo autorización expresa en escenarios muy concretos), y que el dron debe permanecer siempre en línea de vista (VLOS) del piloto o de observadores designados, excepto en operaciones BVLOS autorizadas en específica. Estas reglas básicas de altura y visibilidad aplican a todas las clases y categorías abiertas.

Obligaciones del operador profesional de drones

Cualquier empresa o profesional que vaya a operar drones en Galicia debe cumplir una serie de obligaciones legales y requisitos previos antes de despegar. A continuación, enumeramos los principales:

En síntesis, volar drones de forma profesional conlleva algo más que pilotar bien: implica ser responsable a nivel documental y legal. Antes de un rodaje con drones en Galicia, asegúrate de que tú (o tu empresa) estás registrado, tu piloto está certificado, tu dron está identificado, asegurado y equipado correctamente, y de llevar un registro y autorización de todo lo necesario. Con esto en orden, tendrás el marco listo para planificar la operación concreta según el lugar y las restricciones que comentamos en la siguiente sección.

Localizaciones de vuelo en Galicia: análisis de restricciones

Galicia presenta una gran variedad de escenarios para la filmación con drones: desde costas escarpadas y parques naturales hasta ciudades históricas y entornos rurales. Sin embargo, cada ubicación puede estar sujeta a restricciones específicas que hay que evaluar antes de volar. La normativa exige analizar el espacio aéreo y las condiciones de la zona donde se operará el dron. A continuación, revisamos las principales categorías de zonas con restricciones en Galicia y cómo gestionarlas:

Espacios naturales protegidos

Galicia alberga numerosos entornos naturales protegidos, incluyendo un Parque Nacional (Illas Atlánticas), varios parques naturales (Fragas do Eume, O Invernadeiro, Serra da Enciña da Lastra, etc.), reservas de la biosfera (como Ancares, Gerês-Xurés) y Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), entre otros. Por regla general, está prohibido volar un dron en espacios naturales protegidos sin una autorización específica del organismo gestor. Esto significa que para grabar en, por ejemplo, el Parque Nacional Marítimo-Terrestre das Illas Atlánticas (que incluye las islas Cíes, Ons, Sálvora y Cortegada), necesitarás un permiso del Parque o del Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO), aparte de cumplir las normas aeronáuticas.

Cada tipo de área natural tiene su procedimiento: en Parques Nacionales, hay que solicitar autorización a la administración del parque o al MITECO, justificando la necesidad y tomando medidas para no perturbar la fauna. En Galicia, algunas ZEPAs costeras o marinas (áreas protegidas para aves) permiten hasta 10 vuelos profesionales al año siempre que se vuelen fuera de las zonas más sensibles y tras presentar una declaración responsable previa al vuelo. Si se requieren más de 10 vuelos anuales o volar dentro de zonas calificadas como sensibles, se exige tramitar un informe de impacto ambiental o incluso una autorización excepcional más complejo. Por ejemplo, para filmar con drones colonias de aves marinas en las islas atlánticas, habría que coordinar con la Subdirección General de Biodiversidad del Estado siguiendo esos criterios. Adicionalmente, la Xunta de Galicia (Consellería de Medio Ambiente) gestiona otros espacios naturales autonómicos donde puede requerir permisos similares.

En la práctica, consulta siempre el mapa oficial ENAIRE Drones antes de volar: en este mapa aparecen delineadas muchas zonas ambientales protegidas. Verás áreas marcadas donde el vuelo está prohibido o restringido por motivos ambientales (por ejemplo, las islas Cíes aparecen como zona vetada, al igual que ciertas reservas). Si tu lugar de rodaje está dentro o cerca de una de estas zonas, contacta con la autoridad correspondiente con suficiente antelación. No volar sin permiso en un parque o reserva puede acarrear multas severas y la inmovilización del dron, además del daño a fauna sensible. Un ejemplo real: la Playa de las Catedrales (Ribadeo) es Monumento Natural, muy visitada por turistas y con protección de conservación; para grabarla con dron habría que gestionar permiso con la Xunta y planificar el vuelo fuera del horario de visitas para no sobrevolar personas.

Como referencia, la normativa nacional prohíbe expresamente volar en parques nacionales, zonas de conservación de fauna, reservas de la biosfera y demás espacios protegidos salvo que se obtenga autorización ambiental específica. Galicia no es excepción: infórmate bien de la figura de protección de la zona donde quieres volar y tramita los permisos ambientales necesarios además de los aeronáuticos.

Áreas urbanas y vuelo sobre personas

Grabar con drones en entornos urbanos (p. ej. ciudades, pueblos, núcleos habitados) es una de las operaciones más demandadas (imágenes de ciudades, eventos, patrimonio cultural, etc.), pero también de las más restringidas por seguridad. En categoría abierta, únicamente sería posible en subcategoría A1 volando drones muy ligeros (<250 g) y sin sobrevolar reuniones de personas. Cualquier dron más pesado o cualquier operación que implique volar sobre personas ajenas al operativo no está permitida en abierta – se requerirá pasar a categoría específica con autorización de AESA.

La normativa española prevé que sí se puede volar en zonas urbanas o incluso sobre concentraciones de personas, pero bajo condiciones estrictas y con permiso expreso. Los requisitos incluyen, por ejemplo: utilizar un dron de MTOM ≤ 10 kg, mantener el vuelo en VLOS y por debajo de 120 m, delimitar y acotar la zona en tierra (o en su defecto mantener al menos 50 m de distancia horizontal a cualquier estructura o edificio), y equipar la aeronave con un sistema de limitación de energía de impacto (como paracaídas o airbags). Además, obviamente, AESA debe autorizar previamente la operación tras evaluar un estudio de seguridad que presentes. En la práctica, esto equivale a diseñar un dispositivo de vuelo muy controlado: posiblemente cortar el tráfico peatonal/vehicular en el área, usar observadores en tierra, y tener un plan de emergencia en caso de fallo del dron (por ejemplo, el paracaídas).

Un caso concreto: supongamos que una productora quiere filmar con dron en la Praza do Obradoiro de Santiago de Compostela, para tomar tomas aéreas de la catedral. Esa plaza es un espacio urbano muy concurrido (turistas, peregrinos) y además está dentro del casco histórico. Para hacerlo legalmente, el operador debería solicitar a AESA una autorización en categoría específica, presentando un EARO detallado que contemple medidas como volar muy temprano en la mañana cuando no haya gente (o acordonar la plaza con ayuda del ayuntamiento), usar un dron con paracaídas certificado, peso reducido y piloto con habilitación adicional. Asimismo, tendría que coordinar con la policía local y probablemente con Patrimonio (por tratarse de un sitio histórico). Solo cumpliendo todos esos requisitos y obteniendo luz verde de AESA, se podría efectuar el rodaje. De lo contrario, volar un dron medio (ej. 1–2 kg) sobre un casco urbano sin permiso conllevaría varias infracciones graves al RD 517/2024.

Por tanto, para volar en zonas urbanas de Galicia: si son vuelos sencillos sobre calles vacías o perímetros controlados, es posible que con un dron <250 g puedas hacerlo en A1 (siguiendo el sentido común, evitando aglomeraciones y respetando la intimidad de los vecinos). Para todo lo demás, prepara el proyecto como operación específica. En ciudades gallegas como Vigo, A Coruña, Ourense o Pontevedra, las autoridades locales pueden tener además sus propios protocolos para rodajes con drones (por ejemplo, notificación al Ayuntamiento o a la Policía Local). Siempre es aconsejable contactar con la film office municipal o la autoridad local para obtener los permisos de uso del espacio público, además de la autorización aeronáutica.

Hay que recalcar que nunca se debe sobrevolar a personas no participantes sin su consentimiento expreso, ni siquiera en categoría abierta (salvo el caso de drones de juguete muy ligeros, y aun así, con muchas precauciones). La prioridad absoluta es la seguridad de las personas en tierra.

Imagen aérea de una playa concurrida en Galicia. La normativa prohíbe sobrevolar concentraciones de personas sin medidas de seguridad excepcionales. En lugares turísticos populares, se deben planificar los vuelos fuera del horario de afluencia o acordonar la zona.

Cercanías de aeropuertos y espacio aéreo controlado

Galicia cuenta con tres aeropuertos con espacio aéreo controlado (A Coruña/Alvedro, Santiago de Compostela/Lavacolla y Vigo/Peinador), además de varios aeródromos más pequeños y helipuertos (p. ej. Rozas en Lugo, helipuertos hospitalarios, etc.). Volar un dron cerca de aeródromos o dentro de espacio aéreo controlado (CTR o zonas de control) es una de las actividades más sensibles, debido al riesgo de interferir con aeronaves tripuladas. La antigua normativa española imponía una prohibición genérica de no volar a menos de 8 km de un aeropuerto, pero esto ha sido reemplazado por un sistema más matizado de zonas geográficas UAS definidas por ENAIRE. En el mapa ENAIRE Drones verás círculos o polígonos alrededor de cada aeropuerto indicando dónde y a qué alturas se permiten vuelos de dron, y dónde están prohibidos. Por ejemplo, en Lavacolla (Santiago) hay zonas donde volar un dron está totalmente prohibido (zona roja inmediata) y otras escalonadas donde se puede volar con altura limitada y probablemente con coordinación.

En general, si planeas volar dentro del espacio aéreo controlado de un aeropuerto gallego, necesitas una autorización explícita. Esto usualmente implica dos cosas: coordinación con ENAIRE/torre de control y cumplir requisitos técnicos. La legislación española señala que para operar en espacio aéreo controlado, el dron debería ir equipado con un transpondedor Modo S (para ser visible en radar secundario) – esto es exigible sobre todo en BVLOS o drones >25 kg, mientras que en VLOS con drones pequeños <25 kg podría eximirse. También se exige llevar equipo de comunicación radio aire-tierra adecuado y que el piloto tenga certificación de radiofonista (para poder comunicarse con el control aéreo). Son requerimientos muy difíciles de cumplir para la mayoría de drones comerciales ligeros, por lo que la recomendación práctica es evitar volar en zonas de control a menos que sea absolutamente necesario. Si fuera imprescindible (por ejemplo, filmar cerca del aeropuerto de Vigo), habría que tramitar con semanas de antelación un permiso coordinado: AESA evaluaría un estudio de seguridad y ENAIRE daría condiciones específicas (franjas horarias con tráfico bajo, altitud máxima muy por debajo de las rutas de aproximación, etc.). Nunca intentes volar sin permiso en una CTR – además de ser ilegal, es extraordinariamente peligroso.

Fuera de las CTR, existen otras zonas aeroportuarias en Galicia a considerar: por ejemplo, aeródromos no controlados y campos de aviación (como el aeródromo de Marín, o ciertas pistas de ultraligeros). En el mapa de ENAIRE aparecen como zonas con radio más pequeño. En esas áreas puede permitirse el vuelo de drones pero con limitaciones de altura (muchas veces máximo 50 m o 60 m AGL) y extremando la vigilancia por si despega/aterriza una aeronave tripulada. Si vas a volar cerca de un aeródromo deportivo, lo prudente es contactar con el club o responsable de la pista para coordinar horarios sin tráfico.

Una mención especial merecen los helipuertos hospitalarios (por ejemplo, los helipuertos en hospitales de referencia de las ciudades gallegas). Aunque no siempre están declarados como espacio aéreo controlado, es de sentido común evitar volar drones cerca de hospitales para no interferir con posibles aproximaciones de helicópteros medicalizados. Algunos hospitales están dentro de CTR (ej. el Álvaro Cunqueiro de Vigo está dentro del CTR de Peinador) y otros no; en cualquier caso, mantén distancia y altitud prudencial. Si necesitas filmar un hospital o sus inmediaciones con dron para un proyecto institucional, coordina con el propio hospital y asegúrate de que no haya operaciones de helicóptero programadas en ese momento (muchas veces se pueden obtener ventanas de tiempo seguras con su autorización). Esto entraría dentro de lo que podríamos llamar restricciones de tipo "sanitario": no existe una zona prohibida formal a X metros de un hospital en la ley, pero cualquier interferencia con un helicóptero de emergencias sería injustificable y sancionable bajo normas generales de seguridad.

En resumen, la proximidad de cualquier aeródromo impone cautela máxima. La normativa actual nos obliga a consultar la herramienta ENAIRE Drones antes de cada vuelo precisamente para identificar estos espacios sensibles. En Galicia, verifica especialmente las áreas de las tres ciudades con aeropuerto, y también mira si tu zona de vuelo está cerca de alguna infraestructura aeronáutica (aeródromo, helipuerto, radioayuda, etc.). En caso de duda, más vale reubicar el vuelo unos kilómetros más lejos que arriesgarse a invadir un espacio aéreo protegido.

Zonas militares y de seguridad nacional

Otra categoría de restricciones importantes son las impuestas por motivos de seguridad o defensa. El Ministerio de Defensa de España tiene declaradas desde los años 50 unas zonas denominadas Zonas Restringidas al Vuelo Fotográfico (RVF). En estas áreas no está prohibido volar el dron en sí, pero sí está prohibido tomar fotografías o grabar vídeo aéreo sin permiso militar. ¿La razón? Son zonas que incluyen instalaciones estratégicas (bases militares, depósitos, infraestructuras críticas) cuya captura de imágenes podría comprometer la seguridad nacional. Por ejemplo, en Galicia figuran como RVF los alrededores de la Base Naval de Ferrol (arsenal militar), la Escuela Naval Militar de Marín (Pontevedra) y posiblemente otras ubicaciones de carácter militar o gubernamental. La restricción típicamente abarca varios kilómetros alrededor de la instalación sensible, no solo la base en sí.

Si un proyecto de filmación requiere imágenes aéreas cerca de alguna instalación militar (sea base naval, cuartel, polígono de tiro, central eléctrica o embalse estratégico), es imprescindible comprobar si está en zona RVF. El listado de zonas RVF se puede consultar en el Mapa Topográfico Nacional o vía Enaire Drones, y en Galicia aparecen varias hojas (por ejemplo, la hoja 0185-3 Pontevedra corresponde a la zona de Marín). Grabar en estas zonas sin permiso conlleva sanciones graves, incluso de carácter penal en algunos supuestos. Sin embargo, no es imposible obtener permiso: se debe solicitar una autorización al Estado Mayor del Aire (Ejército del Aire) aportando información del vuelo, fines, equipo, etc., para que evalúen si lo autorizan. Este trámite no es muy habitual y puede tardar bastante, por lo que conviene evitar estas zonas a menos que sean cruciales.

Además de las RVF, Defensa puede declarar zonas prohibidas (P) o restringidas (R) temporales por maniobras o motivos específicos. Galicia tiene, por ejemplo, áreas de ejercicios militares (p.ej. zona de entrenamiento marítimo frente a las costas). Estas suelen publicarse vía NOTAM cuando activas. De nuevo, la consulta previa de NOTAM en el mapa de ENAIRE te avisará de si hay alguna restricción temporal militar en tu área de vuelo.

También entran en este apartado otras infraestructuras críticas: aunque no sean estrictamente militares, instalaciones como embalses, presas, centrales eléctricas o incluso prisiones pueden estar protegidas. Volar sobre una cárcel está prohibido por seguridad (para prevenir lanzamientos ilegales); en Galicia esto aplica a centros penitenciarios como Teixeiro, A Lama, etc., que en el mapa suelen figurar como zona restringida permanente. Las centrales hidroeléctricas o nucleares (Galicia tiene la central de gas de Reganosa en Mugardos, por ejemplo) también podrían tener restricciones específicas.

En resumen, identifica cualquier instalación sensible cercana a tu ubicación de filmación. ¿Hay bases militares, cuarteles de la Guardia Civil, prisiones, infraestructuras críticas? Si las hay, asume que no puedes sobrevolarlas ni grabarlas sin permiso especial. Ajusta tu plan de vuelo para mantenerte alejado de ellas o gestionando los permisos necesarios con mucha antelación.

Otras restricciones temporales o especiales

Por último, es importante considerar restricciones temporales o situaciones especiales que puedan afectar a tu vuelo:

En conclusión de esta sección: planifica cada localización de vuelo con todo detalle. Usa las herramientas disponibles (el mapa de ENAIRE es obligatorio consultarlo) y aplica el principio de precaución. Galicia tiene unas 35 zonas de espacio aéreo restringido permanentemente para drones según publicaciones de 2020, además de las temporales que van surgiendo. No dejes nada al azar: si una zona requiere permiso, solícitalo; si presenta riesgos, mitígalos o busca un lugar alternativo.

Tendencia hacia la armonización normativa en la UE

La regulación de drones en 2025 en España es fruto de un proceso de armonización a nivel europeo que continuará en adelante. La filosofía es que las normas básicas sean comunes en toda la UE, facilitando que un operador registrado en un país pueda operar en otro sin trámites engorrosos. De hecho, si estás registrado como operador UAS en AESA, puedes volar en cualquier país de la UE bajo las mismas categorías (abierta o específica) notificándolo previamente a la autoridad del país destino (operaciones transfronterizas).

El marco europeo (Reglamento de Ejecución 2019/947 y Reglamento Delegado 2019/945) ha eliminado diferencias entre vuelos recreativos y profesionales, centrándose en el riesgo. Esto ha profesionalizado el sector: ya no hay “licencias de piloto de dron” como tal, sino certificados homologados por AESA/EASA que cualquier piloto debe obtener, incluso para ocio en ciertos casos. Asimismo, conceptos como el marcado de clase CE, el Remote ID y las categorías A1/A2/A3 o STS son estándar en toda Europa. Un dron marcado como C2 en España es igual de válido en Francia o Alemania, por ejemplo.

España, con el RD 517/2024, ha integrado estos conceptos y establecido algunos detalles propios (por ejemplo, nuestro país mantiene la exigencia de registro en Interior, y definió la excepción de seguro RC para A1/A3), pero en líneas generales sigue la pauta europea. Para un operador gallego, esto significa que el esfuerzo invertido en cumplir la normativa aquí le servirá también si tiene proyectos en otros países comunitarios.

Mirando al futuro próximo, la UE se prepara para desplegar el sistema U-Space, una suerte de espacio aéreo gestionado digitalmente para drones en entornos urbanos y de alta densidad. Esto permitirá que, bajo nuevas tecnologías, drones autónomos o varios drones compartan el cielo de forma organizada (por ejemplo, entregas urbanas, taxis aéreos, etc.). España está participando en proyectos piloto de U-Space (en 2023 se designaron los primeros proveedores de servicios U-Space). Aunque U-Space aún no afecta directamente a la filmación convencional, es parte de la evolución normativa que busca integrar los drones de forma segura en el espacio aéreo general. Como profesional, conviene estar atento a estos desarrollos, ya que traerán nuevos requisitos y oportunidades (por ejemplo, posiblemente necesitar registrarse en sistemas U-Space para volar en ciertos núcleos urbanos en el futuro).

En resumen, la tendencia es hacia una normativa cada vez más homogénea, basada en riesgos y tecnológicamente avanzada. Las diferencias entre países se difuminan (por ejemplo, el mismo marcado de clase se aplica en toda la UE, Remote ID es ya obligatorio en toda la UE a partir de 2024, etc.) y se crean marcos comunes (escenarios estándar europeos, registro único de operador, etc.). Para las empresas gallegas de drones, esto abre la puerta a ofrecer sus servicios más allá de nuestras fronteras con relativo poco trámite adicional. Por otro lado, también implica que las exigencias aumentan (p.ej., quien no actualice sus equipos con Remote ID o no renueve sus declaraciones operacionales al marco europeo, se quedará atrás).

Conclusión: consejos para empresas que van a grabar con dron en Galicia

Operar un dron profesionalmente en Galicia en 2025 requiere un equilibrio entre la creatividad de captar imágenes espectaculares y la rigurosidad de cumplir una normativa compleja pero necesaria. Para cerrar esta guía, resumimos algunos consejos prácticos clave:

  1. Prepárate administrativamente: Antes de nada, realiza los trámites obligatorios. Regístrate como operador en AESA y en Interior, forma a tus pilotos (y obtén los certificados A1/A3, A2, etc. necesarios) y contrata un buen seguro de RC aunque no siempre sea exigido por ley. Marca tus drones con el número de operador y equipa el módulo de Remote ID si aplica. Tener todos estos requisitos en regla te dará tranquilidad y respaldo legal.

  2. Planifica cada vuelo con antelación: No dejes ninguna localización al azar. Consulta el mapa ENAIRE Drones siempre para revisar alturas máximas, zonas restringidas o NOTAM temporales en Galicia donde vayas a volar. Si la zona requiere un permiso (ya sea de AESA, de Medio Ambiente, de Defensa o local), inicia el proceso de solicitud con semanas de antelación – algunos permisos (p. ej. volar en una ZEPA o en ciudad) pueden tardar bastante en resolverse. Ten un plan B por si el permiso no llega a tiempo o es denegado.

  3. Adapta el equipo y la operación al escenario: Usa el dron adecuado para cada trabajo. Si necesitas volar en una zona con público, quizá opta por un dron más ligero o con protecciones. Incorpora dispositivos de seguridad como paracaídas en vuelos sobre entornos sensibles. Comprueba el estado del dron, baterías y fail-safes antes de cada vuelo. Recuerda que volar con lluvia o viento fuerte está desaconsejado – en Galicia el clima puede cambiar rápido, así que escoge ventanas meteorológicas óptimas.

  4. Sé consciente del entorno y respeta a las personas: Cuando grabes, minimiza molestias. Evita volar sobre viviendas a baja altura, no invadas la privacidad ajena y mantén siempre distancia de seguridad con las personas no participantes. Si vas a filmar un evento o propiedad privada, obtén también los consentimientos o permisos locales pertinentes (ayuntamientos, dueños). Un operador profesional demuestra profesionalidad también en cómo se relaciona con la comunidad: informar a vecinos cercanos o al ayuntamiento puede evitar malentendidos e incluso te pueden ayudar a garantizar un perímetro libre de personas durante el rodaje.

  5. Mantente actualizado: La normativa de drones evoluciona constantemente. Nuevas leyes, guías de AESA o normas europeas pueden introducir cambios (por ejemplo, escenarios estándar nuevos, requisitos U-Space, etc.). Consulta periódicamente las fuentes oficiales (AESA, EASA) o páginas especializadas para enterarte de novedades. Por ejemplo, en 2024-2025 entran en juego los escenarios estándar europeos y el marco U-Space, que pueden afectar a cómo planifiques futuros proyectos. Estar al día te dará ventaja competitiva y evitará incurrir en infracciones por desconocimiento.

Bibliografía consultada

Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) – seguridad aérea.gob.es
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) – miteco.gob.es
ENAIRE Drones – Consulta del espacio aéreo UAS – drones.enaire.es
One Air Aviación – Centro de formación UAS – oneair.es
Shooting in Spain – Oficina de rodajes en España – shootinginspain.info
Drone y Más – Portal especializado en normativa y tecnología UAS – droneymas.com
La Voz de Galicia – Cobertura informativa sobre el uso de drones en Galicia – lavozdegalicia.es

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